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Bogotá, Marzo 03 de 2009
 
   
  Apreciado(a)  Doctor(a)
   
 

Con motivo de la Celebración del 13  CONGRESO NACIONAL DE CIRUGIA PLASTICA FACIAL a efectuarse en el Hotel  Sheraton  de la Ciudad de Bogotá  durante los días 25,26,27 y 28 de Marzo del año en curso, les estamos cordialmente invitando a la Asamblea General Ordinaria de la SCCPFR en la cual se elegirá la nueva Junta Directiva  para el período administrativo correspondiente al 2009 – 2011, con el siguiente orden del día:

 

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
SOCIEDAD COLOMBIANA DE CIRUGIA PLASTICA FACIAL Y RINOLOGIA ORDEN DEL DIA

   
 
Lugar: Salón Santa Fé, Hotel Sheratón. Bogotá
Fecha: Marzo 27 de 2009
Hora: 1:00 PM
 

ORDEN DEL DIA

 
1.
Llamado a lista y Verificación del Quórum.
2.
Aprobación del Acta N 16 de la Asamblea General Ordinaria del 17 de Abril de 2008 por parte del comité Revisor del Acta Nombrado. (Drs. Nicolás Heredia y Diana Quijano).
3.
Aprobación del Reglamento Interno de la Asamblea.
4.
Conformación y aprobación del comité revisor del Acta de la actual Asamblea..
5.
Informe de Gestión 2007 – 2008 por parte del Presidente, Dr. Jorge Espinosa Reyes.
6.
Presentación del Balance y estados financieros año 2008 a cargo de Gestión Futura (Contadores) y Dra. Osiris Arévalo, Tesorera.
7.
Presentación de Informe Fiscal. Dr. José Zapata, Revisor Fiscal.
8.
Aprobación de los Estados Financieros.
9.
Reforma de Estatutos. (3)
10.
Presentación de Nuevos Miembros y Retiro de asociados.
11.
Presentación de Candidatos a Presidente y elección de Presidente.
12.
Elección de Vicepresidente.
13.
Elección de Secretario.
14 Elección de Tesorero
15 Elección de Vocal.
16 Elección de Fiscal.
17 Ratificación de Coordinadores Regionales.
18 Conformación del Consejo Nacional de Cirugía Plástica Facial y Rinología.
19 Presentación de propuestas de Revisoría Fiscal.
20 Proposiciones y varios.
21 Toma de Juramento de la Nueva Junta Directiva.
   
 

Nota: Estatuto propuesto para ser reformado:

 
ARTÍCULO 23- Mayorías, PARÁGRAFO TERCERO
 
Límites a la representación: Los directivos no podrán representar socios en la Asamblea  General.  No se podrá en ningún caso representar a más de tres (3) miembros en una misma reunión.

 
ARTÍCULO 23- Mayorías, PARÁGRAFO TERCERO
 
Límites a la representación: Los directivos no podrán representar socios en la Asamblea  General.  No se podrá en ningún caso representar a más de Un (1) miembro en una misma reunión.
 
ARTÍCULO 9- Clases
 

Los socios  de LA SOCIEDAD serán: de número, correspondientes, honorarios y miembros fundadores.

Son miembros de número los Otorrinolaringólogos en ejercicio graduados en una universidad nacional o extranjera, con título de médico y especialista reconocido por la autoridad competente.

Serán miembros fundadores los miembros de número que participaron en la reunión inicial celebrada en Manizales el 14 de agosto y los firmantes del acta de fundación de la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con la obligaciones derivadas del clausulado estatutario.

Serán miembros honorarios, nacionales o extranjeros, las personas que la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología elija como tales.  La elección deberá hacerla la asamblea general en cualquiera de sus reuniones, por mayoría de votos. El miembro honorario deberá ser propuesto por alguno ó algunos de los asociados a la Junta Directiva, quienes sustentarán los méritos por los cuales se considera que deban ser miembros honorarios, y la Junta Directiva deberá presentarlos a la Asamblea General y sustentarlos. Los miembros honorarios nacionales de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con las obligaciones derivadas del clausulado estatutario.

Podrán ser miembros correspondientes, los Otorrinolaringólogos que ejerciendo en el exterior esta especialidad, en forma exclusiva, se consideren acreedores a esta distinción y sean aprobados como tales por la Asamblea General.  Deberán ser candidatizados y presentados por escrito por un mínimo de tres miembros de número, que deberán sustentar sus méritos científicos ó servicios a la SOCIEDAD, y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto no tienen derecho a voz ni a voto. 

 
ARTÍCULO 9- Clases
 

Los socios  de LA SOCIEDAD serán: Aspirantes, de número, correspondientes, honorarios y miembros fundadores.

Son miembros de número los Otorrinolaringólogos en ejercicio graduados en una universidad nacional o extranjera, con título de médico y especialista reconocido por la autoridad competente.

Serán miembros fundadores los miembros de número que participaron en la reunión inicial celebrada en Manizales el 14 de agosto y los firmantes del acta de fundación de la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con la obligaciones derivadas del clausulado estatutario.

Serán Miembros Aspirantes: Residentes de último año en programas de especialización en OTORRINOLARINGOLOGIA  reconocidos por el ICFES

Serán miembros honorarios, nacionales o extranjeros, las personas que la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología elija como tales.  La elección deberá hacerla la asamblea general en cualquiera de sus reuniones, por mayoría de votos. El miembro honorario deberá ser propuesto por alguno ó algunos de los asociados a la Junta Directiva, quienes sustentarán los méritos por los cuales se considera que deban ser miembros honorarios, y la Junta Directiva deberá presentarlos a la Asamblea General y sustentarlos. Los miembros honorarios nacionales de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con las obligaciones derivadas del clausulado estatutario.

Podrán ser miembros correspondientes, los Otorrinolaringólogos que ejerciendo en el exterior esta especialidad, en forma exclusiva, se consideren acreedores a esta distinción y sean aprobados como tales por la Asamblea General.  Deberán ser candidatizados y presentados por escrito por un mínimo de tres miembros de número, que deberán sustentar sus méritos científicos ó servicios a la SOCIEDAD, y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto no tienen derecho a voz ni a voto. 

 
ARTÍCULO 28- Presidente- Elección
 

Éste es elegido por la Asamblea para períodos de dos años. En sus faltas absolutas, temporales o accidentales, su suplente lo reemplazará con las mismas facultades y limitaciones. 
El Presidente continuará al frente de sus funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.

 
ARTÍCULO 28- Presidente- Elección
 

Éste es elegido por la Asamblea para períodos de dos años. En sus faltas absolutas, temporales o accidentales, su suplente lo reemplazará con las mismas facultades y limitaciones. 

Los Candidatos a Presidente deberán enviar su propuesta y hacer pública su postulación mínimo 15 días calendario antes de la Asamblea General Ordinaria, mediante carta dirigida a la Junta Directiva de la SCCPFR. 

El Presidente continuará al frente de sus funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.

 

DESCARGAR EL PODER Aquí.

 



Estos formatos los deben hacer llegar a la sociedad vía mail o fax
Plazo de Entrega: Marzo 26 de 2009 6:00pm, Stand de la SCCPFR.

   
   
 
   
  JUNTA DIRECTIVA SCCPFR
 

Jorge  Alberto Espinosa Reyes
Presidente

   
 
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REGLAMENTO INTERNO ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

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