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Apreciado(a) Doctor(a) |
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Con motivo de la Celebración del 13 CONGRESO NACIONAL DE CIRUGIA PLASTICA FACIAL a efectuarse en el Hotel Sheraton de la Ciudad de Bogotá durante los días 25,26,27 y 28 de Marzo del año en curso, les estamos cordialmente invitando a la Asamblea General Ordinaria de la SCCPFR en la cual se elegirá la nueva Junta Directiva para el período administrativo correspondiente al 2009 – 2011, con el siguiente orden del día: |
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ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
SOCIEDAD COLOMBIANA DE CIRUGIA PLASTICA FACIAL Y RINOLOGIA ORDEN DEL DIA |
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Lugar: |
Salón Santa Fé, Hotel Sheratón. Bogotá |
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Fecha: |
Marzo 27 de 2009 |
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Hora: |
1:00 PM |
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ORDEN DEL DIA
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1. |
Llamado a lista y Verificación del Quórum. |
2. |
Aprobación del Acta N 16 de la Asamblea General Ordinaria del 17 de Abril de 2008 por parte del comité Revisor del Acta Nombrado. (Drs. Nicolás Heredia y Diana Quijano). |
3. |
Aprobación del Reglamento Interno de la Asamblea. |
4. |
Conformación y aprobación del comité revisor del Acta de la actual Asamblea.. |
5. |
Informe de Gestión 2007 – 2008 por parte del Presidente, Dr. Jorge Espinosa Reyes. |
6. |
Presentación del Balance y estados financieros año 2008 a cargo de Gestión Futura (Contadores) y Dra. Osiris Arévalo, Tesorera. |
7. |
Presentación de Informe Fiscal. Dr. José Zapata, Revisor Fiscal. |
8. |
Aprobación de los Estados Financieros. |
9. |
Reforma de Estatutos. (3) |
10. |
Presentación de Nuevos Miembros y Retiro de asociados. |
11. |
Presentación de Candidatos a Presidente y elección de Presidente. |
12. |
Elección de Vicepresidente. |
13. |
Elección de Secretario. |
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Elección de Tesorero |
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Elección de Vocal. |
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Elección de Fiscal. |
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Ratificación de Coordinadores Regionales. |
| 18 |
Conformación del Consejo Nacional de Cirugía Plástica Facial y Rinología. |
| 19 |
Presentación de propuestas de Revisoría Fiscal. |
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Proposiciones y varios. |
| 21 |
Toma de Juramento de la Nueva Junta Directiva. |
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Nota: Estatuto propuesto para ser reformado: |
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ARTÍCULO 23- Mayorías, PARÁGRAFO TERCERO
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Límites a la representación: Los directivos no podrán representar socios en la Asamblea General. No se podrá en ningún caso representar a más de tres (3) miembros en una misma reunión.
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ARTÍCULO 23- Mayorías, PARÁGRAFO TERCERO
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Límites a la representación: Los directivos no podrán representar socios en la Asamblea General. No se podrá en ningún caso representar a más de Un (1) miembro en una misma reunión.
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ARTÍCULO 9- Clases
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Los socios de LA SOCIEDAD serán: de número, correspondientes, honorarios y miembros fundadores.
Son miembros de número los Otorrinolaringólogos en ejercicio graduados en una universidad nacional o extranjera, con título de médico y especialista reconocido por la autoridad competente.
Serán miembros fundadores los miembros de número que participaron en la reunión inicial celebrada en Manizales el 14 de agosto y los firmantes del acta de fundación de la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con la obligaciones derivadas del clausulado estatutario.
Serán miembros honorarios, nacionales o extranjeros, las personas que la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología elija como tales. La elección deberá hacerla la asamblea general en cualquiera de sus reuniones, por mayoría de votos. El miembro honorario deberá ser propuesto por alguno ó algunos de los asociados a la Junta Directiva, quienes sustentarán los méritos por los cuales se considera que deban ser miembros honorarios, y la Junta Directiva deberá presentarlos a la Asamblea General y sustentarlos. Los miembros honorarios nacionales de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con las obligaciones derivadas del clausulado estatutario.
Podrán ser miembros correspondientes, los Otorrinolaringólogos que ejerciendo en el exterior esta especialidad, en forma exclusiva, se consideren acreedores a esta distinción y sean aprobados como tales por la Asamblea General. Deberán ser candidatizados y presentados por escrito por un mínimo de tres miembros de número, que deberán sustentar sus méritos científicos ó servicios a la SOCIEDAD, y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto no tienen derecho a voz ni a voto.
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ARTÍCULO 9- Clases
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Los socios de LA SOCIEDAD serán: Aspirantes, de número, correspondientes, honorarios y miembros fundadores.
Son miembros de número los Otorrinolaringólogos en ejercicio graduados en una universidad nacional o extranjera, con título de médico y especialista reconocido por la autoridad competente.
Serán miembros fundadores los miembros de número que participaron en la reunión inicial celebrada en Manizales el 14 de agosto y los firmantes del acta de fundación de la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con la obligaciones derivadas del clausulado estatutario.
Serán Miembros Aspirantes: Residentes de último año en programas de especialización en OTORRINOLARINGOLOGIA reconocidos por el ICFES
Serán miembros honorarios, nacionales o extranjeros, las personas que la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Facial y Rinología elija como tales. La elección deberá hacerla la asamblea general en cualquiera de sus reuniones, por mayoría de votos. El miembro honorario deberá ser propuesto por alguno ó algunos de los asociados a la Junta Directiva, quienes sustentarán los méritos por los cuales se considera que deban ser miembros honorarios, y la Junta Directiva deberá presentarlos a la Asamblea General y sustentarlos. Los miembros honorarios nacionales de conformidad con lo previsto en este estatuto, tienen derecho a voz y voto, siempre que cumplan con las obligaciones derivadas del clausulado estatutario.
Podrán ser miembros correspondientes, los Otorrinolaringólogos que ejerciendo en el exterior esta especialidad, en forma exclusiva, se consideren acreedores a esta distinción y sean aprobados como tales por la Asamblea General. Deberán ser candidatizados y presentados por escrito por un mínimo de tres miembros de número, que deberán sustentar sus méritos científicos ó servicios a la SOCIEDAD, y quienes de conformidad con lo previsto en este estatuto no tienen derecho a voz ni a voto.
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ARTÍCULO 28- Presidente- Elección
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Éste es elegido por la Asamblea para períodos de dos años. En sus faltas absolutas, temporales o accidentales, su suplente lo reemplazará con las mismas facultades y limitaciones.
El Presidente continuará al frente de sus funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.
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ARTÍCULO 28- Presidente- Elección
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Éste es elegido por la Asamblea para períodos de dos años. En sus faltas absolutas, temporales o accidentales, su suplente lo reemplazará con las mismas facultades y limitaciones.
Los Candidatos a Presidente deberán enviar su propuesta y hacer pública su postulación mínimo 15 días calendario antes de la Asamblea General Ordinaria, mediante carta dirigida a la Junta Directiva de la SCCPFR.
El Presidente continuará al frente de sus funciones hasta tanto se produzca nueva designación y entrega del cargo.
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DESCARGAR EL PODER Aquí.
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Estos formatos los deben hacer llegar a la sociedad vía mail o fax
Plazo de Entrega: Marzo 26 de 2009 6:00pm, Stand de la SCCPFR.
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JUNTA DIRECTIVA SCCPFR |
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Jorge Alberto Espinosa Reyes
Presidente |
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AV. 9 NO. 100 – 07 Of. 501
Edificio Round Point
• Bogotá, Colombia
Teléfonos: (571) 2565928 /
Teléfono Secretaria virtual (571) 606 47 38
Contacto Beeper 313 08 00 cod 606 47 38 /
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